Pasar al contenido principal
La norma plantea la movilidad como un derecho social

Las nueve claves de la discordia de la futura Ley de Movilidad Sostenible

El pasado mes de febrero, el Consejo de Ministros aprobó y remitió a las Cortes Generales el Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible por la vía de urgencia para conseguir su aprobación en 2024. A continuación, se exponen los puntos clave de una ley que impulsa el transporte de mercancías por tren y obliga a las grandes empresas a implementar planes de movilidad sostenible.

La Ley apela a una movilidad limpia y saludable.
La Ley apela a una movilidad limpia y saludable.

La nueva Ley de Movilidad Sostenible debería haber entrado en vigor el año pasado, sin embargo, el adelanto electoral paralizó su tramitación parlamentaria. Por ello, el Gobierno aprobó el pasado mes de febrero el proyecto por vía de urgencia para cumplir así con los objetivos acordados con la Comisión Europea sobre el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Por lo que, finalizada la admisión de enmiendas, el próximo lunes 4 de marzo se iniciará el debate de totalidad si existen enmiendas en este sentido

La Ley de Movilidad Sostenible consta de cuatro pilares que establecen la movilidad como un derecho social y un sistema de transporte digital e innovador, que apela a una movilidad limpia y saludable e insiste en invertir mejor al servicio de los ciudadanos. Ante estas ramas fundamentales, éstas son algunas de las claves de la ley:

Digitalización y automatización del transporte

La ley aborda la regulación en materia de digitalización con el fin de disponer de información en formato digital que permita que, desde las administraciones públicas, se tenga un mayor conocimiento del sistema de transportes y movilidad. Además, trata de favorecer el desarrollo de aplicaciones que permitan a los ciudadanos la adopción de decisiones sobre la planificación de sus viajes y durante el desarrollo de los mismos, así como la mejora de las condiciones de prestación de los servicios y de la experiencia durante el viaje.

Datos abiertos

La nueva ley incluye la elaboración del Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM), donde empresas de transporte, gestores de infraestructuras y administraciones podrán compartir sus datos, lo que permitirá optimizar la toma de decisiones de todos los actores a la hora de planificar la ejecución de nuevas infraestructuras y la puesta en marcha de nuevos servicios. 

Además, esta apertura de información permite la creación de nuevos desarrollos y negocios a partir de todos los datos que se generan en el ecosistema del transporte y la movilidad y fomentan el uso de ellos para otros fines de interés público que puedan surgir.

Fomento de la innovación

La regulación incluirá herramientas para facilitar la innovación, como es la creación de un sandbox que permita que el promotor de un proyecto innovador en movilidad pueda llevar a cabo su actividad innovadora en un entorno de pruebas acotado en el marco de un protocolo ad-hoc y con la participación en todo el proceso de las administraciones implicadas.

El resultado de la prueba permitirá tanto al promotor como a la administración adquirir un aprendizaje observando el mercado en un entorno controlado. Además, se introduce la regulación del vehículo automatizado para facilitar su introducción progresiva en el sistema de transportes de forma segura.

El transporte de mercancías por tren

La nueva regulación busca fomentar el transporte de mercancías por tren con el objetivo de reducir la carga en las carreteras. Se planea aumentar las inversiones en este tipo de transporte mediante tres medidas principales: desarrollar autopistas ferroviarias en tramos con demanda empresarial, ofrecer bonificaciones en los cánones de transporte ferroviario de mercancías a los operadores durante al menos cinco años y proporcionar apoyos e incentivos al sector. La meta es alcanzar, antes de 2030, al menos el 10% de la media de transporte de mercancías por tren en la Unión Europea.

Planes de movilidad sostenible al trabajo

En cuanto a la movilidad laboral, establece que las empresas y las entidades pertenecientes al sector público con más de 500 personas trabajadoras o 250 por turno deben disponer de planes de movilidad sostenible al trabajo en los que se facilite el transporte, bien sea a través del uso del transporte público o compartido, los vehículos eléctricos o la bicicleta para su uso diario.

Peajes urbanos

La reciente regulación pretende fortalecer el papel de las zonas de bajas emisiones urbanas y permite a los ayuntamientos considerar la posibilidad de establecer peajes por la circulación de vehículos en dichas áreas. Es decir, cada municipio tendrá la opción de decidir si aplica esta tasa o no.

Grandes centros de actividad

El Ministerio establecerá a raíz de la ley los criterios para identificar los grandes centros de actividad que deban disponer de planes de movilidad sostenible, así como los hitos cuantificables que estos planes deben alcanzar.

Los grandes centros de movilidad deben aprobar el Plan de Movilidad Sostenible, que deberá revisarse, al menos, cada cinco años y designar un gestor de movilidad del centro de actividad. Corresponderá a las comunidades autónomas establecer las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de esta obligación.

Movilidad local

La ley establece que los municipios de entre 20.000 y 50.000 habitantes deberán dotarse de un plan de movilidad sostenible simplificado de entidades locales, que deberá ser revisado, al menos, cada seis años. Además, las comunidades autónomas podrán establecer nuevos planes a los municipios que no formen parte de este rango poblacional, entidades supramunicipales con competencias en materia de planificación del territorio, urbanismo, transportes o movilidad y agrupaciones de municipios.

Además, la ley también recoge que cada tres años, las entidades territoriales obligadas a elaborar el plan deberán elaborar un informe de seguimiento sobre el nivel de implantación de las actuaciones y evaluación de las medidas adoptadas.

Educación sobre movilidad sostenible

En el ámbito de la enseñanza básica y bachillerato esta normativa incluirá saberes vinculados a la movilidad sostenible, la educación vial y la convivencia con los distintos modos de transporte y su uso en condiciones de seguridad. Asimismo, en el ámbito universitario y de la formación profesional, las administraciones educativas fomentarán la formación en materia de movilidad sostenible, digitalización, seguridad y multimodalidad del transporte y promoverán que se revise el tratamiento de estas materias en los planes de estudios conducentes.

Finalmente, la ley garantiza la adecuada formación del profesorado que asumirá funciones docentes en materia de movilidad y transportes sostenibles en las distintas etapas educativas, además de impulsar programas de formación permanente con el objetivo de incluir formación específica.