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El antreproyecto fue aprobado el lunes

¿Cuáles son las claves de la Ley contra el desperdicio alimentario que prepara el Gobierno?

El anteproyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, aprobado este lunes en Consejo de Ministros, persigue una drástica reducción del desecho de alimentos sin consumir que acaba en la basura y fomentar un mejor aprovechamiento de los mismos.

El objetivo del Gobierno con esta Ley es reducir a la mitad el desperdicio de alimentos per cápita
El objetivo del Gobierno con esta Ley es reducir a la mitad el desperdicio de alimentos per cápita

Con esta ley, según explicó el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, se trata de “remediar un triple problema". Por un lado, de ahorro económico y medioambiental, ya que, tal y como indicó, tirar alimentos supone “un desperdicio por el trabajo de agricultores y ganaderos, de los medios naturales empleados para producirlos, del consumo de recursos como suelo o el agua y de emisiones a la atmósfera que se producen”. Además, el ministro aseguro que, en esta línea, “los sistemas agroalimentarios deben ser sostenibles y evolucionar hacia una economía circular”.

Por otra parte, el tercer problema al que la ley trata de dar respuesta es de orden ético y moral. Actualmente, hay más de 800 millones de personas en el mundo que pasan hambre y otros 1.600 millones que tienen problemas de nutrición, según datos de la FAO. Según explicó Planas, la normativa pretende llamar a un debate social sobre la necesidad de seguir una alimentación “sana, sostenible, sabrosa y a buen precio". "No hay producto alimentario más caro que aquel que acaba en la basura”, concluyó.

Solo en los hogares españoles se tiran anualmente a la basura 1.364 millones de kilos/litros de alimentos, una media de 31 kilos/litros por persona en 2020.

Al impulsar esta ley, el Gobierno tiene como objetivo reducir a la mitad el desperdicio de alimentos per cápita en el mundo, tanto en la venta al por menor y entre los consumidores, como en la cadena de producción y suministro, uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 de Naciones unidas. Se trata de la primera norma sobre la materia que se promulga en España y que ya existe en países como Francia e Italia.

Para el Ejecutivo, combatir el despilfarro es un “imperativo ético” que debe implicar al conjunto de la sociedad en el que se enmarca esta normativa, ya que el desperdicio de alimentos perjudica al encarecer el acceso a bienes de primera necesidad, malgasta recursos naturales escasos aumentando los residuos y el impacto ambiental y lastra la eficiencia del sector productivo y su competitividad. “Esta ley trata de orientar hacia un sistema de producción más eficiente, que enfoque al desarrollo de la economía circular”, explicó.

Una norma que pretende establecer un modelo de buenas prácticas para evitar el desperdicio de alimentos con actuaciones en toda la cadena alimentaria, desde el origen en el propio proceso de cosecha hasta los hábitos de consumo en los hogares y en la restauración.

Donación de alimentos

Así, establece que todos los agentes de la cadena alimentaria deben contar con un plan de prevención para evitar el desperdicio y fija una jerarquía de prioridades de obligado cumplimiento, de las cuales destaca la utilización para la alimentación humana a través de donaciones a empresas sin ánimo de lucro o bancos de alimentos.

Para la donación de alimentos, las industrias alimentarias, establecimientos comerciales y de hostelería y restauración deberán suscribir convenios con las organizaciones receptoras en los que se debe recoger específicamente las condiciones de recogida, almacenamiento y transporte y la selección de alimentos, entre otros aspectos.

Los alimentos que se donen deberán tener suficiente vida útil de almacenamiento para hacer posible su distribución y uso seguro a sus destinatarios finales. Cuando no sean aptos para el consumo humano, la norma establece que los alimentos deberán ser utilizados como subproductos para la alimentación animal o fabricación de piensos, para la industria, para la obtención de compost de calidad para uso agrario o para la obtención de biogás u otro tipo de combustible.

Nuevas obligaciones en la cadena alimentaria

Además, los agentes que operan en la cadena alimentaria tendrán que disponer de instalaciones adecuadas y formación de personal para que los procesos de manipulación, almacenamiento y transporte se lleven a cabo en condiciones adecuadas que minimicen las pérdidas, así como de sistemas que garanticen el mantenimiento de la cadena de frío.

En cuanto a los productos con fecha de consumo preferente vencida, estos deberán presentarse al consumidor de forma separada y claramente diferenciados del resto, con precios inferiores, o destinarse a la donación.

Por otro lado, la norma también indica que las instituciones como centros sanitarios y educativos o residencias que ofrezcan catering o servicio de comedor, sea con medios propios o ajenos, deberán contar también con programas de prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario que cumplan igualmente la jerarquía de prioridades establecida en la ley.

Asimismo, todos los agentes de la cadena alimentaria deberán informar anualmente de las pérdidas alimentarias, así como del cumplimiento de sus planes de prevención.

También las empresas distribuidoras de alimentos deberán incentivar, junto con las administraciones, la venta de productos con fecha de consumo preferente o de caducidad próxima. Los establecimientos de venta al por menor con una superficie de 400 metros cuadrados o más deberán fomentar líneas de venta de productos considerados “feos, imperfectos o poco estéticos” que estén en condiciones óptimas de consumo.

En este sentido, deberán impulsar la venta de alimentos de temporada, de proximidad, ecológicos y ambientalmente sostenibles y a granel y mejorar la información sobre el aprovechamiento de los mismos.

Por último, la ley estipula que el Gobierno adoptará políticas públicas y medidas para fomentar la adecuación de las fechas de consumo preferente a la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario y, en su caso, la posibilidad de poner en el mercado los productos con fecha de consumo preferente sobrepasada, para lo que se tendrán en cuenta los criterios establecidos por la Unión Europea en las propuestas legislativas en la materia.