El Consejo de Ministros aprobó este martes una actualización del real decreto sobre contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, una norma que pretende reducir el impacto de estos residuos en las masas de agua y alcanzar los objetivos ambientales nacionales y europeos.
A propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), esta nueva norma modifica y renueva la transposición a la legislación española de la Directiva europea relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias, que fue aprobada inicialmente hace ya más de 25 años.
La directiva impone así a los Estados miembro la obligación de identificar las aguas afectadas por este tipo de contaminación, vigilando la concentración de nitratos a través de estaciones de muestreo.
También establece criterios para designar como zonas vulnerables las superficies cuyo drenaje dé lugar a la contaminación por nitratos y para poner en funcionamiento programas de actuación coordinados con las actividades agrarias.
Según el MITECO, a pesar de los esfuerzos realizados en estos años, ” los resultados obtenidos no han conseguido paliar los efectos de este tipo de contaminación”. “El alto contenido en nitratos de ríos y acuíferos es uno de los principales problemas existentes en las masas de agua de todo el país. En concreto, afecta en España a un 22% de las masas de agua superficial y al 23% de las masas de agua subterráneas”, indica.
Con la aplicación de esta nueva normativa, se prevé una reducción de la contaminación por exceso de nutrientes del 50%, lo que supondrá una reducción del 20% en el uso de fertilizantes. Para alcanzar estos fines, las estrategias europeas plantean el desarrollo de un plan de acción para la gestión de nutrientes, que, según el MITECO, “resulta de especial relevancia en el caso de España”.
Las principales novedades de la nueva norma
Así, la actualización del real decreto establece criterios “más ambiciosos” que los actuales para identificar mejor las aguas afectadas por nitratos, al tiempo que determina umbrales “más exigentes” para la declaración de aguas afectadas y, consecuentemente, para la designación de zonas vulnerables. Por ello, también se estudiarán las presiones agropecuarias, urbanas y otras que puedan considerarse significativas, así como los impactos registrados sobre las aguas.
La aplicación de la nueva norma conllevará, además, un incremento de hasta el 50% de la superficie de las zonas protegidas que se han identificado como vulnerables a este tipo de contaminación. Y, sobre ellas, se desarrollarán programas de actuación “más exigentes”, incluyendo limitaciones específicas sobre fertilización vinculadas a las que se regulen en la planificación hidrológica.
La normativa también incrementa significativamente la densidad de estaciones de control y aumenta el número y frecuencia de los muestreos en las aguas para analizar su contenido en nitrógeno y otros contaminantes asociados. Asimismo, establece medidas adicionales y acciones reforzadas para revertir la contaminación existente.
Además, se asume el compromiso de hacer pública toda esa información para que pueda ser usada por los ganaderos y agricultores para ajustar sus pautas de fertilización. De esta forma, se exige la preparación de un informe cuatrienal que analice la eficacia de las medidas que se contemplen, que se remitirá a su vez a la Comisión Europea.
Con la aplicación de esta nueva normativa, se prevé una reducción de la contaminación por exceso de nutrientes del 50%, lo que supondrá una reducción del 20% en el uso de fertilizantes
La norma también establece las responsabilidades que corresponden a las distintas administraciones públicas con el fin de conseguir una implementación coordinada de todas las medidas. En concreto, se fijan las obligaciones que deberán asumir las autoridades del agua y las agrarias, tanto del ámbito de la Administración General del Estado como del de las Comunidades Autónomas, siendo estas últimas quienes ostentan las competencias específicas en agricultura, ganadería y gestión en la protección del medio ambiente en el territorio.
Asimismo, este real decreto permite que los planes hidrológicos de cuenca puedan establecer dentro de su parte normativa los umbrales máximos de excedentes de nitrógeno para cada masa de agua afectada por nitratos, cuando se considere necesario para alcanzar los objetivos ambientales.
Por otra parte, además de elaborar y velar por el cumplimiento de los programas de actuación en las zonas declaradas como vulnerables, las Comunidades Autónomas también elaborarán códigos de buenas prácticas agrarias que los agricultores aplicarán obligatoriamente en las zonas vulnerables con el fin de reducir la contaminación producida por los nitratos de origen agrario.
Entre otras cuestiones, estos códigos deberán recoger los periodos en que no es conveniente aplicar fertilizantes a las tierras, las condiciones de su aplicación en tierras cercanas a cursos de agua y los requisitos necesarios que aseguren que los estiércoles, purines y abonos en general no pongan en peligro la salud humana o dañen el medio ambiente.
En este sentido, las Comunidades Autónomas deberán establecer programas de fomento de la puesta en práctica de los códigos de buenas prácticas agrarias, que incluirán la formación e información a los agricultores.