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El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de ley de residuos

El Gobierno contempla un impuesto especial sobre el plástico de un solo uso

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de Ley de residuos y suelos contaminados que afecta a los plásticos de un solo uso y a los microplásticos. Entre otras medidas, contempla un nuevo impuesto especial de carácter indirecto sobre envases de plástico no reutilizables que vayan a utilizarse en el mercado español.

Residuos de plásticos abandonados en la playa
Residuos de plásticos abandonados en la playa

Según el Ministerio para la Transición Ecológica (Miteco), el texto persigue dos objetivos fundamentales: establecer medidas destinadas a proteger el medio ambiente y la salud humana mediante la reducción de la generación de residuos y otro, específico, aplicable a determinados productos de plástico para reducir su impacto en el medio ambiente, en particular el medio acuático y en la salud humana.

Se estima una recaudación de cerca de 724 millones de euros

Para ayudar a este fin, el anteproyecto traspone los objetivos contemplados tanto en la directiva de residuos de 2018 como en la de plásticos de un solo uso, sobre los que por primera vez la legislación española recoge limitaciones, restringiendo la introducción en el mercado de alguno de ellos y estableciendo un impuesto.

Este gravamen especial a los envases de plástico no reutilizable será de carácter indirecto y recaerá sobre la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de envases de plástico no reutilizables que vayan a ser objeto de utilización en el mercado español. Según el Ministerio, se trata de un impuesto similar al que se pretende implantar en otros países de nuestro entorno como Reino Unido o Italia.

Así, el tipo impositivo será de 0,45 euros por kilogramo de envase. Conforme a la información correspondiente al último año disponible (2017) sobre la cantidad de envases de plástico que España puso en el mercado, se estima una recaudación de cerca de 724 millones de euros.

Plásticos de un solo uso

Entre los productos de plástico de un solo uso sujetos a reducción están los vasos para bebidas y los recipientes para alimentos destinados al consumo inmediato, in situ o para llevar. Para estos productos se ha de conseguir en 2026 una reducción del 50% en su comercialización con respecto a 2022; y en 2030, esa reducción debe ser del 70%, también con respecto a 2022. Para cumplir con estos objetivos, todos los agentes implicados en la comercialización fomentarán el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico.

En cualquier caso, a partir del 1 de enero de 2023, queda prohibida su distribución gratuita, debiéndose cobrar un precio por cada uno de los productos de plástico que se entregue al consumidor, diferenciándolo en el ticket de venta.

Límites a la comercialización 

Según el texto del anteproyecto, a partir del 3 de julio de 2021 quedaría prohibida la introducción en el mercado de los siguientes productos: bastoncillos de algodón, excepto si entran en el ámbito de los productos sanitarios; cubiertos (tenedores, cuchillos, cucharas, palillos); platos;  pajitas y agitadores de bebidas; palitos destinados a sujetar e ir unidos a globos, con excepción de los globos para usos y aplicaciones industriales y profesionales que no se distribuyen a los consumidores, incluidos los mecanismos de esos palitos; los recipientes y vasos para alimentos y bebidas hechos de poliestireno expandido, incluidos sus tapas y tapones.

Asimismo, se prohíbe cualquier producto de plástico fabricado con plástico oxodegradable y el uso de cosméticos y detergentes que contengan microplásticos añadidos intencionadamente.

Además, el anteproyecto recoge requisitos de diseño (por ejemplo, tapas y tapones que permanezcan unidos al recipiente o botellas PET con un 25-30% de plástico reciclado) y obligación de marcado para una serie de productos, así como medidas de concienciación para informar a los consumidores con el fin de reducir el abandono de basura dispersa.

En relación a las botellas de plástico se regulan objetivos de recogida separada en dos horizontes temporales: en 2025 se deben recoger separadamente el 77% en peso respecto al introducido en el mercado, aumentando al 90% en 2029.

Desperdicio alimentario

Para luchar contra el desperdicio alimentario, la propuesta normativa incluye medidas para reducir los residuos alimentarios, previéndose algunas medidas específicas dirigidas a las industrias alimentarias, las empresas de distribución y de restauración colectiva. Además, se insta a las administraciones competentes a tomar medidas para frenar la generación de basura dispersa en el medio marino como contribución a los ODS de Naciones Unidas.

Para alargar la vida útil de los productos y combatir la llamada obsolescencia programada, el texto recoge que habrá que fomentar el diseño, la fabricación y el uso de productos que sean eficientes en el uso de recursos, duraderos, reparables, reutilizables y actualizables; y la reutilización de los productos y la implantación de sistemas que promuevan actividades de reparación y reutilización y en particular para los aparatos eléctricos y electrónicos, textiles y muebles, envases y materiales y productos de construcción.

El abandono de residuos, infracción muy grave

El texto revisa el régimen sancionador incluyendo nuevas infracciones. Así, será considerado infracción muy grave el abandono, incluido el de la basura dispersa, el vertido y la gestión incontrolada de residuos peligrosos y también de cualquier otro tipo de residuos, en este segundo caso, siempre que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente. Cuando no haya supuesto estos riesgos, se considerará infracción grave.

Tendrá también la consideración de muy grave la entrada en el territorio nacional de residuos peligrosos procedentes de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un país tercero, así como la salida de residuos peligrosos hacia los citados lugares, sin obtener los permisos y autorizaciones exigidos por la legislación comunitaria.

Las sanciones que contempla el anteproyecto son multas que van multas desde los 1.000 euros hasta los 2.000.000 euros, en función de la peligrosidad d elos residuos y del tipo de gravedad de la infracción.