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Un hito en la protección frente a la violencia

La nueva Ley de Infancia sale adelante

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó definitivamente este jueves la nueva Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que a continuación tendrá que ser publicada en el BOE.

Las organizaciones sociales de la infancia califican de "histórica" la nueva normativa
Las organizaciones sociales de la infancia califican de "histórica" la nueva normativa

El Senado aprobó la semana pasada el texto de esta Ley, en el que se han incluido modificaciones como la prohibición de los desnudos integrales en el procedimiento de determinación de la edad y la de atar a los menores en los centros, la creación del Consejo de Participación Infantil y el refuerzo del principio de permanencia en el entorno familiar.

Esta nueva ley, calificada como un “hito” por parte de la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, sitúa a España “a la vanguardia” internacional en esta materia. Una norma considerada como “histórica” por parte de las organizaciones sociales de la infancia, que llevan años impulsándola.

También conocida como ‘Ley Rhodes’, en referencia al pianista James Rhodes que fue víctima de abusos sexuales durante su niñez, esta norma de carácter integral fue reclamada a España por el Comité de Derechos del Niño de la ONU y trata de dar respuesta a la obligación de protección de las personas menores de edad y de garantizar sus derechos fundamentales a su integridad física, psíquica, psicológica y moral frente a cualquier tipo de violencia, tal y como se establece en la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU, ratificada por España.

Según sus recomendaciones, incluye una serie de medidas en materia de prevención, educación, apoyo familiar, servicios sociales, sanidad, regulación de la publicidad, justicia, medios de comunicación o redes sociales, entre otros. 

Aspectos clave de la Ley

Desde una aproximación integral, esta norma prioriza la prevención en este sentido y el establecimiento de medidas de protección (detección y asistencia) y de reintegración de derechos vulnerados y recuperación de la víctima, comunes en todo el territorio español. Todo ello con un enfoque inclusivo, atendiendo así las necesidades y la realidad de menores con discapacidad.

El texto final recoge como novedades durante la tramitación parlamentaria en ambas Cámaras, la eliminación de los desnudos integrales en las pruebas de determinación de la edad en los casos de los menores no acompañados que llegan a España; o la prohibición de atar a los menores a una cama o a otros objetos fijos en los centros, que hasta ahora estaba permitido en los centros de reforma y los centros para menores con trastornos de conducta.

Asimismo, introduce el aumento de la prescripción de los delitos de abuso sexual a los 35 años de la víctima; el refuerzo del respeto al honor, intimidad e imagen del menor víctima de violencia y sus familiares; el deber de comunicar a las autoridades cualquier indicio de violencia que se perciba por parte de la sociedad; la formación especializada de profesionales que trabajan con infancia, o la promoción de un cambio cultural que implique el rechazo de toda la ciudadanía a la violencia.

También destaca la obligación de evitar la toma de declaración a la persona menor de edad, salvo en aquellos casos en que sea “absolutamente necesaria”, por lo que pretende que solo se realice una única narración de los hechos y en una única ocasión ante el Juzgado de Instrucción.

La nueva norma establece, además, la creación de mecanismos seguros, confidenciales y adaptados para niños, niñas y adolescentes; el derecho de los menores a ser escuchados sin límite de edad; la prohibición del síndrome de alienación parental (SAP), que supone no contemplar que algunos padres acusen a su expareja de manipular a su hijo en su contra; la protección a la infancia en las situaciones de violencia de género en el ámbito familiar; o la creación del Consejo Estatal de Participación Infantil.

Por otra parte, otras medidas que contempla esta Ley son: la atribución a los funcionarios de servicios sociales como agentes de la autoridad; la implantación de protocolos de actuación para la prevención en los centros de protección para los menores tutelados por la Administración, al tiempo que se regula de forma específica penalizar la promoción de contenidos en red que constituyan una forma de violencia o abuso sobre los menores y adolescentes.